PAP (Prestación Adicional por Permanencia)
Componente que reconoce los años de aportes POSTERIORES a julio de 1994 realizados al régimen de reparto, al 1,5% por año.
Equipo JubiLex
PAP — Prestación Adicional por Permanencia
La PAP (art. 30 Ley 24.241) reconoce los servicios con aportes posteriores a julio de 1994.
- Coeficiente actual: 1,5% por año (originalmente 0,85%), sobre la misma base de cálculo que la PC.
- Algunas estrategias judiciales reclaman el acrecimiento del coeficiente (doctrina Betancur / PAP 1,50%).
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