Normativa
Ley 19.549 (LNPA) art. 26 — Plazo para resolver
- Norma
- Ley 19.549 (LNPA)
- Artículo
- 26
- Tema
- Plazo para resolver
- Vigencia desde
- 1972-04-27
La Administración debe resolver dentro de los plazos legales o reglamentarios; vencidos éstos, opera el silencio negativo del art. 10.
Entrada de referencia de carácter general. No sustituye el texto oficial de la norma o el fallo ni el asesoramiento profesional.