Normativa

Ley 19.549 (LNPA) art. 26 — Plazo para resolver

Norma
Ley 19.549 (LNPA)
Artículo
26
Tema
Plazo para resolver
Vigencia desde
1972-04-27

La Administración debe resolver dentro de los plazos legales o reglamentarios; vencidos éstos, opera el silencio negativo del art. 10.

Entrada de referencia de carácter general. No sustituye el texto oficial de la norma o el fallo ni el asesoramiento profesional.