Normativa

Ley 19.549 (LNPA) art. 10 — Silencio administrativo

Norma
Ley 19.549 (LNPA)
Artículo
10
Tema
Silencio administrativo
Vigencia desde
1972-04-27

El silencio o la ambigüedad de la Administración frente a pretensiones que requieran de ella un pronunciamiento concreto, se interpretarán como negativa.

Entrada de referencia de carácter general. No sustituye el texto oficial de la norma o el fallo ni el asesoramiento profesional.